Órganos de la Asociación
La dirección del CEMCIT-AIP está a cargo de las siguientes dos autoridades de mando:
a) Asamblea General.
b) La Junta Directiva.
La Asamblea General y la Junta Directiva son los órganos supremos de la Asociación. El CEMCIT-AIP contará con un Director, quien será el Administrador de la Asociación.
Funciones de la Asamblea General
- Considerar y aprobar las políticas y directrices generales que deban orientar al CEMCIT-AIP, que le sean presentadas por el Director o por el Presidente de la Junta Directiva;
- Considerar los informes que le presente la Junta Directiva y el Director;
- Considerar los candidatos a miembros de la Asociación para invitarlos mediante comunicación escrita;
- Aprobar la inclusión de nuevos miembros de la Asociación;
- Decidir acerca de la apertura de sedes de la Asociación en el extranjero, disolución de la Asociación, de la enajenación de bienes, de lo relativo a la membresía incluido los aportes o contribuciones de los miembros de la Asociación, el perfil de los mismos, la duración del periodo de los cargos de la Junta Directiva y la remoción de los miembros de dicha Junta, de la Asamblea General y del Director;
- Emitir concepto para la decisión de la Junta Directiva respecto de la modificación del Estatuto, la creación del reglamento interno de la Asociación y cualquiera otro reglamento, incluida sus respectivas modificaciones;
- Decidir sobre la designación del Vicepresidente, Tesorero, Secretario y Vocales al interior de la Junta Directiva y la duración de dichos cargos.
Funciones de la Junta Directiva
La Junta Directiva está encargada de la dirección estratégica del CEMCIT-AIP. Para ello cuenta con las siguientes atribuciones:
- Emitir el Estatuto de la Asociación y sus modificaciones, previo concepto emitido por la Asamblea General;
- Representar a la Asociación, con capacidad para comprometer a la misma en forma ilimitada cuando el valor exceda Cien Mil Balboas con 00/100 (B/. 100,000.00), con facultad de disposición ante terceras personas, incluyendo las autoridades judiciales y administrativas del país y del extranjero;
- En el ejercicio de las facultades administrativas podrá invertir en títulos y valores, abrir cuentas bancarias, recibir y gestionar prestamos, recibir y gestionar pagos, donaciones, custodiar bienes, requerir servicios de consultoría y asesoría y, sin limitarse a la generalidad de lo anterior, realizar todos aquellos actos necesarios para la administración, en atención a lo preceptuado en el Acta de Constitución y en el presente Estatuto;
- Delegar en uno o varios de sus miembros, en el Director o en una tercera persona sus poderes para la administración y representación de la Asociación para actos específicos o generales, convenios marco y específicos, contratos, fijando, al hacerlo, el derecho a firmar y comprometer a la Asociación;
- Administrar los bienes de acuerdo con el Acta de Constitución y el presente Estatuto;
- Aprobar actos, convenios, memorandos de entretenimiento o acuerdos, que resultaren convenientes para cumplir con los objetivos e incluir en dichos instrumentos todas las cláusulas y condiciones que sean necesarias o convenientes, que se ajusten a los fines de la Asociación, y que no sean contrarias a la ley, la moral, las buenas costumbres y el orden público;
- Designar o reemplazar al Agente Residente;
- Dirigir el proceso de selección, de nombramiento y la remoción del Director de CEMCIT-AIP;
- Aprobar presupuesto anual o plurianual y el plan de inversión o negocios presentado por el Director, de acuerdo a las necesidades del CEMCIT-AIP
- Velar por el correcto funcionamiento de la Asociación;
- Aprobar el organigrama de la asociación, así como la escala salarial de la asociación y sus excepciones, según lo presentado por el Director;
- En ausencia del Secretario el quórum de la Junta Directiva escogerá un reemplazo entre los miembros presentes;
- Aprobar el reglamento interno de la Asociación, así como cualquier otra reglamentación sometida a su consideración, previo concepto emitido por la Asamblea General y sus respectivas modificaciones;
- Aprobar los planes y programas de autogestión por los servicios que brinde el CEMCIT-AIP a terceros, así como las modificaciones respectivas;
- Designar a los firmantes en las cuentas bancarias de la asociación.